11:40. Lima, jun. 28.
El Ministerio de Salud (Minsa) publicó hoy en el
diario oficial El Peruano la Guía Técnica Nacional del Aborto
Terapéutico, cuya aplicación será a nivel nacional en todos los
establecimientos de salud a partir del segundo nivel de atención, es
decir, con un nivel de atención quirúrgica.
El nombre exacto que se
indica en la resolución ministerial 486-2014/Minsa que aprueba este
documento es “Guía Técnica Nacional para la estandarización del
procedimiento de la Atención Integral de la gestante en la Interrupción
Voluntaria por Indicación Terapéutica del Embarazo menor de 22 semanas
con consentimiento informado en el marco de lo dispuesto en el artículo
119º del Código Penal”.
Según refiere la resolución, que entrará en vigencia mañana, el
objetivo es estandarizar los procedimientos para la atención integral
de la gestante, cuando es el único medio para salvar la vida de la
gestante o para evitar en su salud un mal grave y permanente.
La
aplicación de este procedimiento comienza cuando el médico tratante le
informa a la gestante el diagnóstico, pronóstico y riesgo para su vida y
su salud.
En ese contexto, el médico
tratante, a petición de la gestante, presenta la solicitud a la Jefatura
de Gineco Obstetricia del establecimiento de salud, que a su vez
informará a la Dirección del nosocomio.
Asimismo,
la Jefatura convocará a una junta médica integrada por tres
profesionales de la salud, uno de los cuales debe ser necesariamente un
ginecólogo y los otros dos de las especialidades de acuerdo a la
patología que sufre la paciente. Si esta junta decidiera que no procede,
la gestante puede solicitar una nueva junta solo una vez y también
tiene la posibilidad de desistir del procedimiento en cualquier momento.
La
guía detalla cómo se hará la conformación de la junta médica, los
exámenes clínicos y auxiliares, el consentimiento informado, el
procedimiento para la evacuación el contenido uterino, así como los
cuidados post intervención médica.
La
resolución incluye modelos de los Formularios de consentimiento
informado y autorización del procedimiento, así como el Formulario de
consentimiento informado y autorización de procedimiento para el
representante legal en caso de que la gestante sea incapaz.
Se
encarga a la Dirección General de Salud de las Personas la difusión,
implementación y monitoreo de lo dispuesto en la citada Guía Técnica
Nacional, mientras que las Direcciones Regionales de Salud, harán lo
mismo en el ámbito regional.
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