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miércoles, 8 de diciembre de 2021

La Clínica Javier Prado es denunciada por no brindar atención médica a un adolescente que había sido atropellado

Según testimonio de un miembro de la Unidad de Rescate de San Isidro, la Clínica Javier Prado, donde el menor fue trasladado, le negó la atención médica. En redes sociales circula un video en el que se observa que una trabajadora del establecimiento privado exige los datos del menor y la carta de garantía de la aseguradora antes de atenderlo, pese a que se trataba de un caso de emergencia.

Clínica Javier Prado
Indecopi exhortó a Susalud a actuar en el caso del menor que no habría sido atendido por la Clínica Javier Prado. | Fuente: Clínica Javier Prado

Un menor de 15 años sufrió un accidente de tránsito al ser atropellado en la avenida Petit Thouars, en San Isidro.

Este hecho ocurrió la noche de domingo 5 de diciembre y, según denuncia el paramédico de la Unidad de Rescate del distrito limeño, Luis Escude, la Clínica Javier Prado, donde el menor fue trasladado, le habría negado la atención.

Este caso que se dio a conocer a través de las redes sociales ha causado indignación entre la ciudadanía, ya que, según el video que se difundió, una trabajadora del establecimiento privado de salud le indica a los rescatistas, que llevaron al adolescente de iniciales A.J.S.R., que para atender al menor necesitaban identificarlo y la carta de garantía de la aseguradora. En esos precisos momentos, la víctima se encontraba inconsciente y no podía brindar los datos correspondientes para la activación del SOAT.

"El problema lo hemos tenido aquí en la Clínica Javier Prado, al principio con la encargada de administración y después con el médico de guardia, el doctor Puicón, quien nos indicó que estaba estabilizado, pero lo teníamos que atender en otro lado. Y la encargada de administración nos dijo que no podía activar el SOAT, porque el menor estaba inconsciente, entonces no le daba los datos, eso estando el SOAT Mapfre activo", contó con malestar Luis Escude a ATV Noticias.

Detalló que otro de los argumentos del personal sanitario fue que en su zona de emergencias no contaban con un médico especialista para atender a la víctima. Cerca de 40 minutos habría tardado la Clínica Javier Prado para atender al adolescente y esto fue posible, de acuerdo con el rescatista, gracias a la intervención de la Policía Nacional del Perú (PNP) y la Fiscalía.

Tras la denuncia, la Superintendencia Nacional de Salud (SuSalud) dispuso una investigación para "esclarecer lo sucedido y determinar las sanciones" si en caso corresponde. "Se han solicitado los videos de ingreso del menor al establecimiento y se ha sostenido reunión con el director médico para explicar lo acontecido. Asimismo, se ha establecido comunicación personal con la madre del menor", señaló en un comunicado.

El organismo técnico especializado adscrito al Ministerio de Salud (Minsa) enfatizó a todos los establecimientos de salud, públicos y privados, que la atención médica por emergencia es un derecho en salud que debe garantizarse sin condicionamiento de pago previo o trámite alguno, ni siquiera la presentación del DNI (Documento de Identidad).

Susalud precisó también que el estado de emergencia sanitaria a nivel nacional a causa de la COVID-19 no es motivo de excepción al cumplimiento la Ley N° 27604, que modifica la Ley General de Salud N° 26842, respecto a las obligaciones de los establecimientos de salud de dar atención médica en casos de emergencia.

En caso de vulneración del derecho a la atención por emergencia, Susalud remarcó que podrá iniciar un proceso de investigación y, de acuerdo con el nivel de responsabilidad, sancionar al establecimiento de salud.

"Las sanciones van desde una amonestación hasta una multa de 500 UIT en los casos más graves, equivalente a S/ 2’200 000 (dos millones doscientos mil) conforme al Reglamento de Infracciones y Sanciones de SuSalud, aprobado por Decreto Supremo 031-2014-SA", añadió.

¿QUÉ DIJO LA CLÍNICA?

Pese a las acusaciones de los rescatistas y a lo que las imágenes propaladas muestran, la Clínica Javier Prado aseguró que "el paciente fue atendido de forma inmediata desde su ingreso, cumpliendo los protocolos que establece la ley de atención de emergencia".

"Reafirmamos que el paciente ha sido atendido en todo momento. Sobre su identificación como asegurado por el Seguro Obligatorio de Accidentes de Tránsito (SOAT), la misma se realizó mientras procedía su atención, como establece la norma decreto supremo N°024-2002-MTC para víctimas de accidente de tránsito", refirió en un comunicado.

El establecimiento privado informó, además, que el paciente se encuentra estable y con pronóstico favorable. "Actualmente se encuentra hospitalizado y en observación", dice en la misiva.

La clínica dijo lamentan cualquier circunstancia que pudiera haberse interpretado como una falta de atención oportuna. "En ese sentido, estamos haciendo los correctivos que fueran necesarios para evitar circunstancias como la presente", añadió.

EXHORTACIÓN DEL INDECOPI

Por su parte, el Indecopi exhortó al jefe de la Superintendencia Nacional de Salud (SuSalud), Juan Carlos Velasco Guerrero, a tomar las medidas que correspondan en este caso.

La entidad indicó en una nota de prensa que también es ente rector del Sistema Nacional Integrado de Protección al Consumidor, que comprende entre sus miembros al Ministerio de Salud. Por ello, anotó, envió una carta a SuSalud para que realice las acciones que sean necesarias en el marco de sus competencias y, de ser el caso, imponga a los responsables las sanciones respectivas, a fin de asegurar la protección de la ciudadanía.

 

https://rpp.pe/lima/actualidad/clinica-javier-prado-es-denunciada-por-presuntamente-no-brindar-atencion-medica-a-un-adolescente-que-habia-sido-atropellado-noticia-1373671?ref=rpp

jueves, 19 de abril de 2018

Indecopi explica razones de la demora para sancionar a centros de hemodiálisis por asunto de precios

La conducta presuntamente concertada de 31 centros de hemodiálialis en torno a los precios para dar el servicio a los pacientes de EsSalud demoró 4 años porque en estos casos se requiere una amplia actividad probatoria, señaló el Coordinador legal SDC de Indecopi, José Mendoza, quien agregó que los sancionados tienen 3 meses para acudir al Poder Judicial para revisar sus casos.

lunes, 29 de enero de 2018

ÚNICA-FARMA


Escribe: Jorge Chávez Álvarez
Presidente Ejecutivo de MAXIMIXE





Al adquirir el grupo Intercorp el 100% de las acciones de Quicorp SA, Inkafarma pasó a constituirse en un cuasi monopolio, al absorber a sus competidoras Mifarma, BTL y Fasa y concentrar así más del 90% del mercado de cadenas farmacéuticas. Y también pasó a constituirse en un cuasi monopsonio, al pasar a ser virtual único comprador de los laboratorios farmacéuticos, lo que podría originar escasez de oferta de medicamentos genéricos y alzas de precios.

¿Quién gana y quién pierde? Gana el grupo Intercorp, por supuesto, al adquirir el control de un negocio vinculado a la satisfacción de una necesidad básica de la población peruana. Pierden los consumidores, al disminuir su poder de elección entre competidores, debiendo pagar los precios arbitrarios fijados por el vendedor preponderante. Pierden los laboratorios, al disminuir su capacidad negociadora frente al comprador dominante. Pierden los técnicos farmacéuticos al disminuir la oferta de empleos para ellos, ante la fusión de las cadenas de farmacias.


El perjuicio para los consumidores es inmenso, por cuanto ya venían siendo afectados por la elevada concentración vertical de por parte de las empresas de seguros. El Perú es uno de los pocos países en donde las aseguradoras son dueñas de clínicas y de las farmacias que operan dentro de ellas, lo que les da un elevado poder para fijar los precios de los medicamentos.
Ahora Inkafarma estará en capacidad de elevar los precios de los medicamentos al nivel de las farmacias que operan dentro de las clínicas. Habrá que observar los pasos que dé el grupo Intercorp en el mercado asegurador y de clínicas. Esa torta se vuelve cada vez más apetitosa.

Cosa curiosa, el Indecopi que en 2016 sancionó a Inkafarma por concertar unos cuantos precios con Mifarma, Arcángel, Fasa y Nortfarma, ahora no ha podido hacer nada ante la inminencia de que Inkafarma pase a controlar y fijar, sin competencia alguna, todos los precios del mercado farmacéutico peruano.
¿Y porqué el Indecopi no ha podido hacer nada? Porque hasta ahora el Congreso de la República no aprueba el proyecto de ley archi discutido, orientado a regular las concentraciones y fusiones empresariales; regulación que existe en todos los países desarrollados y en la mayoría de países latinoamericanos.

El establecimiento de un control previo de fusiones por parte del Indecopi, hubiera evitado que esta operación de fusión monopolista tenga lugar, sin antes haber pasado por una evaluación técnica orientada a garantizar que la fusión no genere perjuicios a la sociedad en su conjunto.
Lamentablemente, la demora del Congreso infringe un daño irreversible a la sociedad peruana, por cuanto aun aprobando mañana mismo la ley que regula las concentraciones y fusiones empresariales, ésta no podría tener efecto retroactivo.
Un Congreso y un Ejecutivo enfrascados en escándalos de corrupción y luchas intestinas, una vez más le dan la espalda al pueblo peruano, víctima de los intereses mercantilistas y los radicalismos violentistas de izquierda.

http://alertaeconomica.com/unica-farma/

domingo, 28 de enero de 2018

El impacto del monopolio en el sector farmacias lo sufrirán los más pobres

Concentración. La reciente operación financiera que coloca a Inkafarma como la más grande cadena de farmacias en el país tendría múltiples incidencias, incluyendo la producción de fármacos genéricos. Los consumidores peruanos quedaron desprotegidos ante una posible alza de precios en la distribución comercial de medicinas.

Farmacia. Hay riesgo de que la concentración en el sector farmacéutico impida a los consumidores acceder a medicamentos genéricos

Redacción:
Renzo Bambarén
En enero del 2008, dos cadenas de farmacias ofertaban las pastillas de Dislep, un comprimido para tratar el reflujo gástrico, a S/ 2,20 por unidad. Otras tres cadenas de farmacias lo vendían con precios entre S/ 2,40 y S/ 2,60. Curiosamente, a fines del mismo mes, las cinco cadenas de farmacia ofertaban la misma pastilla a S/ 2,60.

¿Qué sucedió? En el 2016 Indecopi detectó una de las más abusivas y mañosas prácticas mercantilistas: concertación de precios no solo con Dislep, sino también con 35 productos más, de los cuales 21 se vendían bajo receta médica.

Hoy, de esas cinco farmacias infractoras, Nortfarma continúa operando sola en la región Piura, mientras que las otras cuatro cadenas de farmacias ahora tienen un solo dueño a nivel nacional: Inkafarma. La cadena de farmacias de InRetail, perteneciente al grupo Intercorp, tiene al menos el 83% de participación en el mercado de distribución de farmacéuticos. ¿Qué garantiza que no se vuelvan a encarecer los medicamentos como sucedió contra los consumidores entre febrero del 2008 y marzo del 2009?

“Han diluido la figura de la concertación de precios. Pueden elevar sus precios sin que constituya una infracción al mercado. Por eso mismo es urgente una legislación para controlar los monopolios, la cual no existe en el Perú. Estoy impactado porque si algo afecta a la economía familiar son los precios de las medicinas, a la gente más pobre. De haber estado vigente la ley, una operación como esta no hubiera pasado fácilmente”, sostiene el congresista Jorge Del Castillo, quien justamente hace dos días publicó el anteproyecto de ley para la regulación de fusiones y adquisiciones, y que recién será debatido por los distintos actores.

Cartel y concentración:
José Távara, profesor principal de Economía de la Pontificia Universidad Católica del Perú (PUCP), explica que desde que Indecopi sancionó a las cadenas de farmacias por concertar precios, estas iniciaron un extenso proceso de fusiones y adquisiciones que acaba de alcanzar su punto más alto con el dominio de Inkafarma, es decir, para evitar sanciones por concertación, se logró la concentración.

Este atentado contra la competitividad de la economía es alarmante si se tiene en cuenta que, según INEI, entre 2004 y 2010 más del 80% del gasto en medicinas de los hogares peruanos se realizaba en las farmacias (incluidas las boticas independientes). Al 2018 especialistas advierten que la tendencia es similar. “Es un crimen en el sentido literal porque si se suben los precios de los medicamentos y las personas pobres no pueden pagarlos, las personas se mueren. Alguien de clase media podría pagarlos, pero hay gente pobre que no puede pagar. Probablemente por ahora se cuiden de subir los precios, pero al final eso no es lo que ocurrirá”, dice Távara.

¿Las boticas de barrio?
Voceros de Intercorp refirieren que esta operación no concentra el mercado debido a que la suma de Inkafarma y Mifarma representa un total de 2.043 farmacias, es decir, el 18% de más de 11 mil farmacias existentes a nivel nacional que están, mayoritariamente, en manos de independientes.

Sin embargo, la repartición de las compras de medicinas a los laboratorios y distribuidoras demuestran todo lo contrario. Según la Digemid (Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas), en 1998 las boticas independientes representaban el 86% de la venta total de los laboratorios, mientras que las cadenas farmacéuticas solo compraban el 14%. En el 2009, la repartición cambió radicalmente y las cadenas de farmacias representaban el 60% de las ventas de los laboratorios versus el 40% de las farmacias independientes.

“Las boticas independientes cada vez son menos porque una farmacia de un barrio solo compra cantidades suficientes para abastecer su farmacia, mientras que las cadenas, por economía de escala, obtienen mejores precios y pueden tener mejores márgenes. Si quieren poner el precio mucho más bajo, lo pueden hacer y desaparecer al competidor. Las boticas de barrio subsisten porque están en los lugares donde no hay cadenas. En la medida que las cadenas sigan creciendo, las independientes van a desaparecer”, dice Javier Llamoza, decano del Colegio Químico Farmacéutico de Lima.

Impacto en el trabajo
Ante la consolidación de un solo grupo de grandes farmacias, los profesionales de la química farmacéutica tendrían un campo laboral limitado, lo cual también podría influir el rango salarial y los derechos laborales.

“La oferta laboral para farmacéuticos disminuye porque solo habría una gran cadena que podría colocar reglas que no necesariamente van a ser ventajosas. Por ejemplo, en Trujillo, los trabajadores quisieron sindicalizarse y lo que hicieron fue despedirlos. Nosotros sacamos un comunicado alertando sobre este comportamiento”, recuerda Llamoza.

Aparece un monopsonio
Otra arista interesante tras la última operación de concentración es la relación entre las cadenas de farmacias y los laboratorios. José Távara explica que al haber una gran cadena de farmacias que compre medicina a los laboratorios, existe la posibilidad de que se genere una colusión vertical en contra de los consumidores, es decir, un acuerdo similar al de una concertación para restringir la distribución de ciertos productos.

“Las farmacias de la gran cadena pueden establecer acuerdos con los laboratorios para no difundir el uso de genéricos o de medicamentos más baratos. Esto puede convertirse en una especie de colusión vertical para frenar el uso de medicamentos que estén al alcance de las familias peruanas y ofertar solamente los productos caros de los laboratorios. Ahora ya no existe competencia”, advierte Távara.

Javier Llamoza advierte de otro problema. Muchas de las farmacias crearon sus propias marcas de medicinas básicas como Ibuprofeno, Paracetamol, entre otras, las cuales eran producidas en laboratorios nacionales. Con un solo comprador, las reglas de juego cambian. “Esto es un punto negativo para la industrialización. Ahora existe una sola gran cadena de boticas y los laboratorios tienen un solo comprador (monopsonio). Muchas podrían quedarse fuera del mercado.


Más datos:
La Comisión de Protección al Consumidor del Congreso anunció que realizará una sesión de urgencia con Indecopi y los actores involucrados en la fusión. Aunque InRetail, subsidiaria de Intercorp, no era dueña de Inkafarma cuando se concertaron precios, asumió la sanción económica y no apeló al igual que las demás cadenas. Perú es el único país de la región que no tiene una ley para regular las concentraciones y fusiones empresariales.

Hay un problema constitucional
Humberto Campodónico, economista y ex presidente de Petroperú, advierte que este problema solo revela la necesidad de la revisión del capítulo económico de la Constitución Política de 1993. “El artículo 61 dice que solo se debe combatir el abuso de posiciones dominantes o monopólicas, por lo tanto, se permite la posición de dominio, pero no permite el abuso de la posición de dominio. Eso es una limitación enorme. En otros países, como Estados Unidos, la legislación es diferente y no se permite llegar a una posición de dominio para que no abuses”, advierte Campodónico.

“Este es un gobierno que impulsa los negocios y no la salud de la gente. Tenemos una ley para defender la salud, pero no hay una verdadera protección al consumidor. Sin embargo, como no tenemos ley para controlar concentraciones, el Estado no se pronuncia”, sentencia Campodónico. “En las farmacias privadas se encuentran medicamentos de marca porque son más rentables y no hay genéricos. Ahora existe un riesgo mayor”.

http://larepublica.pe/economia/1176685-el-impacto-del-monopolio-en-el-sector-farmacias-lo-sufriran-los-mas-pobres

domingo, 20 de marzo de 2016

Con apoyo de Innóvate Perú diseñan y fabrican cama eléctrica para parto vertical

Lima, mar. 17. La empresa Metax Industria y Comercio S.A.C., que tuvo el asesoramiento y financiamiento del programa Innóvate Perú del Ministerio de la Producción, adoptó una novedosa tecnología en nuestro país para la fabricación de una cama eléctrica para parto vertical.

Este equipo innova los sillones y mesas especializadas para el área de ginecología y obstetricia, incorporando las antiguas posiciones de parto, tales como como “de pie”, “en cuclillas” y “arrodillada”, a las posiciones convencionales de la medicina moderna con la posición echada y sentada, explicó Maritza Mejía, jefa de diseño de Metax.
Así, la paciente gestante obtiene beneficios como los psicoafectivos, respiratorios, mecánicos, musculares, disminución de los riesgos de compresión aorto-cava (taquicardia), disminución en la duración del trabajo de parto, mejora de los resultados ácido-base en los recién nacidos, evita el prolapso del cordón, entre otros.

http://portal.andina.com.pe/EDPfotografia3/Thumbnail/2016/03/17/000346506W.jpg

Más beneficios

El uso de esta cama reducirá los traslados de la paciente gestante durante las diferentes etapas del parto, como la dilatación, expulsión y alumbramiento. Es por esta razón que ha empezado a utilizar en centros de salud de Huancavelica y Puno.
El costo total de este proyecto demandó S/. 511,131. De ese monto, Innóvate Perú aportó S/ 253,253 (49,55%), mientras que la empresa Metax destinó S/ 257,877 (50,45%). 
La mencionada empresa se basó en los estudios sobre la evolución del parto vertical de Hernán Garrido Lecca y el arquitecto Julian Lockett, ambos comparte la autoría del modelo de utilidad que se ha registrado ante la Dirección de Invenciones del Indecopi.

http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-con-apoyo-innovate-peru-disenan-y-fabrican-cama-electrica-para-parto-vertical-603697.aspx

El proyecto fue financiado por el Programa Nacional de Innovación para la Competitividad y Productividad (Innóvate Perú), del Ministerio de la Producción (www.innovateperu.gob.pe).

domingo, 6 de marzo de 2016

CLINICA PRIVADAS; Sancionan con más de S/. 6 mllns. a 34 centros de hemodiálisis por colusión de precios

Lima, mar. 3. Indecopi sancionó con más de 6.6 millones de soles a 34 empresas que prestan servicio de hemodiálisis, tras comprobar que se coludieron para fijar precios en el marco de cinco procesos de selección convocados por EsSalud, entre los años 2010 y 2012.

Durante la investigación, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia del Indecopi  acreditó que 34 de las 39 empresas investigadas presentaron cotizaciones con valores referenciales consensuados superiores a los pagados por EsSalud, con la finalidad de que se eleve el valor referencial vigente. 

Esta situación fue reforzada con acciones adicionales de estas empresas, las que al no ver acogidos sus valores referenciales se negaron conjuntamente a participar en los procesos de selección convocados, a fin de obligar a EsSalud a plantear nuevos procesos de selección y adoptar los valores que habían presentado.


Las empresas acusadas ejercieron su derecho de defensa argumentando que su accionar no debía calificarse como una fijación de precios al ser EsSalud el encargado de establecer el valor referencial. 

Además, afirmaron que el supuesto acuerdo imputado no está vinculado al precio por brindar el servicio o a componentes del mismo, sino a cotizaciones o a las estructuras de costos que las sustentan. 

Al respecto, la Comisión de Defensa de la Libre Competencia consideró que toda conducta desarrollada por agentes competidores que busca incidir, de manera conjunta, en la determinación del precio de bienes o servicios ofertados en el mercado, tales como el consenso de los valores de cotización requeridos por una entidad estatal, constituye una fijación de precios que debe ser sancionada, de acuerdo al Decreto Legislativo 1034.

Por ello, la Comisión impuso una multa total de 1 671,06 unidades impositivas tributarias (UIT), equivalente a unos 6 millones 600,669 soles.

Asimismo, absolvió a las empresas Plusvida Servicios Médicos S.A.C., Centro de Diálisis Nefro Continente S.A.C., Renexa S.A., DAVITA S.A. y Centro de Prevención de Enfermedad Renal S.A.C., debido a la inexistencia de medios probatorios que acreditaran su responsabilidad.

Cabe precisar que la decisión adoptada por la Comisión puede ser apelada por las referidas empresas ante la Sala Especializada en Defensa de la Competencia. 

Estas son las empresas sancionadas:

Empresas
CENTRO DE DIÁLISIS ZARATE S.A.C.
CENTRO DE DIÁLISIS CALLAO S.A.C.
CENTRO DE DIÁLISIS CONO NORTE E.I.R.L.
CENTRO DE DIÁLISIS JESÚS MARÍA S.A.C.
CENTRO DE DIÁLISIS SAN FERNANDO S.A.C.
CENTRO DE DIÁLISIS SAN IGNACIO DE LOYOLA S.A.C.
CENTRO DE DIÁLISIS SANTA ANA S.A.C.
CENTRO DE DIALISIS SANTO TOMÁS DE AQUINO S.A.C.
CENTRO DE DIÁLISIS VENTANILLA S.A.C.
CENTRO DE SALUD RENAL S.A.C.
CENTRO ESPECIALIZADO DE ENFERMEDADES RENALES S.A.C.
CENTRO MÉDICO CAMINOS DEL INCA S.A.C.
CENTRO MÉDICO ESPECIALIZADO SANTA ENA S.A.
CENTRO MÉDICO JESÚS MARÍA S.A.C.
CENTRO MÉDICO VILLA MARÍA S.A.C.
CENTRO NEFROLÓGICO S.A. (Cenesa)
CENTRO RENAL SAN MARCELO S.A.
CLÍNICA BENEDICTO XVI S.A.C.
CLÍNICA DE ENFERMEDADES RENALES GRAU S.A.C.
CLÍNICA INTEGRAL SANTA ELENA E.I.R.L.
CLÍNICA SAN JUAN MASÍAS S.A.C.
INSTITUTO DE DIÁLISIS Y TRASPLANTE S.A.C.
INSTITUTO NEFROLÓGICO PERUANO AMERICANO S.A.C.
INTERDIAL NORTE S.A.C.
INVERSIONES MÉDICAS PERUANAS S.A.C.
INVERSIONES, DESARROLLOS Y NEGOCIOS TRUJILLO S.A.C. - ORGANIZACION MÉDICA Y DE SERVICIOS SANTA ANITA S.A.C.
NEPHRO CARE S.A.C.
OM DIAL S.A.C.
ORGANIZACIÓN MÉDICA Y DE SERVICIOS NORDIAL S.A.C.
PRONEFROS S.A.C.
RENAL CARE S.A.C.
SERVICIO DE APOYO DIAGNÓSTICO Y TERAPÉUTICO SAN MIGUEL S.A.C.
SERVICIOS ESPECIALIZADOS SAN CAMILO S.A.C.
TOTAL

http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-sancionan-mas-s-6-mllns-a-34-centros-hemodialisis-colusion-precios-601561.aspx

jueves, 26 de febrero de 2015

Indecopi multa a Oncosalud por no entregar medicina para tratar cáncer

Una multa de S/. 57.000 deberá pagar Oncosalud por negarse a proporcionar un medicamento indispensable para el tratamiento del cáncer a una paciente, señaló la Sala Especializada en Protección del Consumidor de Indecopi.

La sanción fue adoptada tras confirmarse que la prestadora de seguro oncológico infringió las normas de protección al consumidor al negarse de manera injustificada a asumir el costo del medicamento Erlotinib, a pesar de que ofreció cobertura integral e ilimitada para el tratamiento. Este caso fue dado a conocer por La República semanas atrás.

La Sala ordenó a Oncosalud entregar a la consumidora el mencionado medicamento en caso sea recetado nuevamente, y reembolsar los costos acreditados que asumió la paciente para adquirir el fármaco durante su tratamiento contra el cáncer.

http://www.larepublica.pe/26-02-2015/indecopi-multa-a-oncosalud-por-no-entregar-medicina-para-tratar-cancer 

domingo, 9 de noviembre de 2014

Investigan a 39 centros de hemodiálisis por acordar precios en perjuicio de EsSalud

Lima, nov. 05. Un total de 39 centros privados de hemodiálisis de Lima y Callao son investigados por el Indecopi, pues se sospecha que se habrían coludido para acordar precios y propiciar que EsSalud les pague más por sus servicios, en desmedro de los pacientes que sufren enfermedad renal crónica y requieren ese procedimiento para vivir.

En conferencia de prensa realizada hoy, el secretario técnico de la Comisión de Libre Competencia del Indecopi, Jesús Espinoza, informó que esta investigación se acaba de abrir ante una denuncia de Seguro Social de Salud (EsSalud).

Estos 39 centros -de los 42 existentes en Lima y Callao- se habrían puesto de acuerdo para elevar el valor referencial de sus servicios. Ese valor es el que EsSalud debía tomar en cuenta para convocar a licitación y contratar esas prestaciones.



Asimismo, se tendría indicios de que habrían ejecutado otras acciones para elevar sus costos, como no presentarse a las licitaciones para provocar un alza en los precios ofrecidos por EsSalud.

De esa manera, indicó Espinoza, tratarían de obligar a que la entidad pague un precio mayor, dinero que podría ser empleado en beneficio de los afiliados y no en pagar mayores precios a estos centros privados.

Cabe anotar que los concursos que hace EsSalud para la contratación de servicios de hemodiálisis asciende a 86 millones de soles anuales y con ello mantiene con vida a muchos de sus pacientes cuyos riñones no funcionan adecuadamente para limpiar las impurezas de su sangre, lo que los pone en riesgo de muerte.

La demanda de atención en hemodiálisis entre los asegurados de EsSalud ha subido considerablemente en los últimos años. Mientras en enero del año 2010 se atendió a 3,362 pacientes en diciembre del año 2012 la cifra se elevó a 4,090, solo en Lima y Callao. Algunos de estos pacientes pueden requerir hasta tres procedimientos de este tipo a la semana.

Sanciones

Este proceso de investigación debe tardar aproximadamente un año y medio, periodo durante el cual se harán los descargos, informes orales y audiencias respectivas.

De determinarse que alguno de estos centros es responsable de una falta grave, podría ser sancionado con una multa de hasta tres millones 800 soles (1,000 Unidades Impositivas Tributarias) o con el 12% de sus ventas, en caso se compruebe que el beneficio ilícito es superior a la multa mencionada.

Las personas naturales que planearon o ejecutaron este tipo de prácticas también son pasibles de recibir una sanción pecuniaria de 380,000 soles (100 UITS).
El funcionario de Indecopi convocó además a terceras personas con legítimo interés a aportar pruebas sobre esta práctica ilícita, para contribuir a determinar responsabilidades en este caso.

Recordó que ese organismo tiene en operación su "Programa de clemencia", en virtud del cual quienes hayan participado en alguna práctica anticompetitiva de este tipo pueden acudir a la Secretaría Técnica respectiva a aportar pruebas relevantes y, a cambio de ello, es posible de que sean exoneradas de sanción.

http://www.andina.com.pe/agencia/noticia-investigan-a-39-centros-hemodialisis-acordar-precios-perjuicio-essalud-530349.aspx 

sábado, 14 de diciembre de 2013

Indecopi sancionando las estafas de Las Clinicas Privadas

Santa Isabel y Ventura mas 26 clínicas han sido sancionadas este año por incumplir servicio

Indecopi multó con más de un millón de soles a dos establecimientos donde fallecieron un adulto y un menor.
 
La falta de atención médica tiene un costo incalculable:  vidas humanas. Por esto, en lo que va del año, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha sancionado a 26 clínicas por infringir normas de protección al consumidor, así como por el incumplimiento del servicio.

Problemas. En esta clínica no se atendió bien a una madre y a su niño recién nacido.

Entre los casos más recientes, se encuentran los de las clínicas Santa Isabel, de San Borja, y Ventura, en Monterrico, las cuales han recibido una multa de 340 UIT (Unidades Impositivas Tributarias), equivalentes a más de un millón de soles.
Según Indecopi, la clínica Santa Isabel S.A.C. no brindó atención idónea a una madre de familia pese a formar parte de un programa de asistencia en el parto. No fue hospitalizada ni sometida a exámenes médicos. Tampoco recibió información sobre las complicaciones propias del cuadro de amenaza por parto prematuro.
Lo peor vino después. El recién nacido no recibió una transfusión de sangre que requería con urgencia y falleció.

Por esto, el establecimiento fue sancionado con 518 mil nuevos soles. También deberá reembolsar los gastos médicos y los del sepelio. Además, la clínica no deberá exigir a la madre el pago de lo adeudado por la atención médica.
Como se recuerda, a inicios de diciembre se denunció la muerte de Maribel Tineo Godoy (35), quien fue hallada sin vida luego de ocho horas de cesárea. El hecho también ocurrió en la clínica Santa Isabel.
Además, Indecopi sancionó a la clínica Ventura (Servicios Médicos San José S.A.C.) por no contar con personal médico especializado para atender una emergencia. La consecuencia fue fatal: falleció una persona. La multa que recibió la empresa fue de 200 UIT (740 mil soles). Además, se ordenó la devolución de los gastos médicos y la implementación de un mecanismo para contratar al personal idóneo en un mes.    ❧

El libro de reclamaciones

La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) detalla que otras de las faltas que se cometen son el excesivo costo de medicamentos y la poca información que se brinda a los pacientes. La sanción puede ir desde una amonestación hasta las 450 UIT.
Los usuarios pueden presentar sus quejas en el libro de reclamaciones.
La empresa tiene un plazo de 30 días para contestar. De no hacerlo, o si la respuesta es insatisfactoria, se puede interponer una acción legal.


INDECOPI sanciona a las clínicas Santa Isabel y Ventura con más de un millón de soles

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) impuso multas que suman 340 UIT (Unidades Impositivas Tributarias) equivalentes a 1 258 000 soles a las clínicas Santa Isabel y Ventura, que infringieron las normas de protección al consumidor, originando la muerte de dos personas, entre ellas, un recién nacido.

INDECOPI sanciona a las clínicas Santa Isabel y Ventura con más de un millón de soles

En el primer caso, según las investigaciones realizadas por la Comisión de Protección al Consumidor N° 1, la Clínica Santa Isabel S.A.C. no brindó un servicio médico idóneo a una madre quien, pese a estar inscrita en un programa a través del cual la asistirían en el parto, no fue hospitalizada a tiempo, no le realizaron los exámenes médicos necesarios para detectar posibles complicaciones en su salud ni le informaron acerca de las complicaciones propias de un cuadro de amenaza de parto prematuro. Mientras que a su hijo recién nacido, no le realizaron una transfusión de sangre que requería con urgencia, derivando en su fallecimiento.
Por estos hechos, la Comisión multó a la Clínica Santa Isabel S.A.C. con 140 UIT, equivalente a 518 000 soles. Asimismo, le ordenó como medidas correctivas el reembolso de los gastos médicos incurridos por la señora desde su inscripción en el programa “Mami & Kids”,  así como los gastos de sepelio de su menor hijo; y, que la clínica se abstenga de exigir a esta madre el pago de lo adeudado por concepto de la atención médica brindada. 

En el segundo caso, el INDECOPI sancionó a la Clínica Ventura (Servicios Médicos San José S.A.C.), porque no contó con personal médico especializado para atender una emergencia que derivó en la muerte de una paciente. La crítica situación se produjo durante el período posoperatorio por el que atravesaba una persona internada en el referido establecimiento de salud, quien días antes había sido sometida a dos operaciones de cirugía plástica y una  de corrección de tabique nasal.
De acuerdo a las investigaciones realizadas por la Comisión, la Clínica Ventura no cumplió con la norma de salud de los servicios de emergencia que le exigía contar con médicos especializados para garantizar la atención de los pacientes internados, ante cualquier eventualidad, fuera del horario normal de atención. 

Por este hecho, la Comisión impuso una multa de 200 UIT, equivalente a 740 000 soles; y, ordenó a la Clínica Ventura la devolución de los gastos médicos cobrados por las intervenciones quirúrgicas realizadas, además, ordenó que en un plazo de treinta días hábiles contado desde la notificación de la resolución, implemente un mecanismo que le permita contar con personal especializado capaz de atender pacientes en situaciones de emergencia, tanto durante la intervención o procedimiento quirúrgico como durante la etapa posoperatoria.
Cabe precisar que dichos pronunciamientos pueden ser apelados ante la Sala Especializada de Protección al Consumidor del Tribunal del INDECOPI, para su revisión en segunda instancia.



Las denuncias por la muerte de dos pacientes por negligencia, en dos clínicas limeñas, fueron investigadas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), concluyendo que se infringieron normas de protección al consumidor, por lo que ambos establecimientos médicos fueron sancionados por un total de un millón 258,000 nuevos soles.
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En el primer caso, según las investigaciones, la Clínica Santa Isabel S.A.C. no brindó un servicio médico idóneo a una madre quien, pese a estar inscrita en un programa de asistencia al parto, no fue hospitalizada a tiempo ni le realizaron los exámenes médicos necesarios para detectar la amenaza de parto prematuro que atravesaba. A su hijo recién nacido no se le realizó una transfusión de sangre que requería con urgencia, por lo que el pequeño falleció.

Negligencia 

Esa mala praxis será sancionada con una suma de 518,000 nuevos soles, el equivalente a 140 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Como medida correctiva, el Indecopi dispuso que la clínica le reembolse el dinero que la paciente afectada gastó desde que se inscribió en el programa.

En el segundo caso, el Indecopi sancionó a la clínica Ventura (Servicios Médicos San José S.A.C.), porque no contó con personal médico especializado para  atender a una paciente que se encontraba internada en el período postoperatorio. Por tal motivo murió.

La víctima días antes había sido sometida a dos operaciones de cirugía plástica y una de corrección de tabique nasal. De acuerdo a las investigaciones realizadas, la citada clínica no cumplió con la norma de salud de los servicios de emergencia que le exigía contar con médicos especializados para garantizar la atención de los pacientes internados, ante cualquier eventualidad.

Por esta razón, la Comisión impuso una multa de 200 UIT, equivalente a 740,000 nuevos soles; y, ordenó a ese establecimiento de salud la devolución de los gastos médicos cobrados por las intervenciones quirúrgicas realizadas.

martes, 13 de agosto de 2013

Las Clinicas Privadas y su Publicidad Engañosa

Clínicas privadas bajo la lupa (Gato Encerrado)

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), inició procedimiento de oficio contra doce clínicas privadas de Lima, por difundir presunta publicidad engañosa sobre los servicios médicos que brindan.
Así lo informó la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal, tras la investigación realizada en Lima Metropolitana por la gerencia de supervisión y fiscalización del Indecopi.

Según los resultados de dicha investigación preliminar, se encontraron indicios de que diversos profesionales que integran el plantel médico de estas doce clínicas, y que son publicitados como especialistas en determinadas áreas, no contarían con los títulos de la especialidad o con la certificación vigente.
De comprobar que estos centros médicos incurrieron en publicidad engañosa, Indecopi tiene la facultad de sancionar con multas de hasta 700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), lo que equivale a S/. 2.5 millones, además de dictar medidas correctivas en beneficio de los consumidores afectados.

Indecopi investiga a 12 clínicas privadas por publicidad engañosa (RPP)

Martes, 13 de Agosto 2013  |  5:51 pm
Indecopi investiga a 12 clínicas privadas por publicidad engañosa
Créditos: Andina
Esta institución puede sancionar los casos de publicidad engañosa con multas de hasta 700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 2 millones 590 mil soles.

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), a través de la Comisión de Fiscalización de la Competencia Desleal, inició procedimientos de oficio contra 12 clínicas privadas de Lima Metropolitana que habrían difundido presunta publicidad engañosa sobre los servicios médicos que brindan.

Los resultados de la investigación preliminar, tras la fiscalización realizada por la Gerencia de Supervisión y Fiscalización del Indecopi, muestran indicios de que diversos profesionales que integran el plantel médico de dichas clínicas, y que son publicitados como especialistas en determinadas áreas, no contarían con los títulos de la especialidad o con la recertificación vigente.

Cabe indicar que el Indecopi tiene facultades para sancionar los casos de publicidad engañosa con multas de hasta 700 Unidades Impositivas Tributarias (UIT), equivalentes a 2 millones 590 mil soles, además de dictar medidas correctivas en beneficio de los consumidores afectados.

La institución recordó a los consumidores que son ellos los principales aliados para detectar la publicidad engañosa.

“Por ello, pueden brindar información o denunciar de forma gratuita ante la institución, y así evaluar la posibilidad de iniciar procedimientos de oficio, en beneficio de la economía de los consumidores y del mercado”, indicó la entidad.

Indecopi informó que los ciudadanos que deseen plantear sus denuncias pueden llamar a los teléfonos 224-7777 o a la línea gratuita 0800-4-4040, desde cualquier región del país.

domingo, 5 de mayo de 2013

Unas 100 farmacias y boticas de Lima serían sancionadas por faltas al Código del Consumidor

Lima, may. 02 (ANDINA). Al menos 100 farmacias y boticas de Lima Metropolitana serían sancionadas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI), por incumplir con diversos aspectos del Código de Protección y Defensa del Consumidor.
Ese organismo informó que iniciará procedimientos administrativos sancionadores contra los establecimientos que infringieron la norma y que fueron detectados durante operativos conjuntos efectuados con la Dirección General de Medicamentos, Insumos y Drogas (DIGEMID), del Ministerio de Salud.

Entre noviembre de 2012 y enero del presente, Indecopi y la Digemid visitaron más de 150 establecimientos farmacéuticos de todos los distritos de Lima, bajo la modalidad de “consumidor incógnito”, con la finalidad de verificar que estos cumplan con colocar los precios en los productos que exhiben y cuenten con un listado de precios, que debe estar a disposición de los consumidores.
Además, verificaron que los precios reportados por esos locales, listados en el Observatorio de Precios de Medicamentos de la DIGEMID, sean los mismos que cobran al público.

Del total de farmacias y boticas visitadas, se verificó que el 42% exhibía productos sin mostrar los respectivos precios; el 28% no contaba con un listado de precios de los productos que expenden y el 15% no había puesto a disposición su listado de precios.
De confirmarse la falta, el Indecopi aplicará las sanciones que van desde una amonestación hasta una multa de un millón 665,000 soles, es decir el equivalente a 450  Unidades Impositivas Tributarias (UITs).
En el contexto de estas acciones, el Indecopi recordó a los consumidores, que al acudir a boticas y farmacias tienen derecho a solicitar la lista de precios de los productos que expenden.

http://www.andina.com.pe/Espanol/noticia-unas-100-farmacias-y-boticas-lima-serian-sancionadas-faltas-al-codigo-del-consumidor-457195.aspx 

domingo, 28 de octubre de 2012

Investigan denuncia sobre medicamentos oncológicos

No dejarán cabos sueltos. El supuesto acuerdo entre los proveedores de ciertos medicamentos oncológicos para abstenerse de participar en las compras corporativas convocadas por el Ministerio de Salud será investigado.
Así lo anunció el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), entidad que señaló que  si bien no es obligatorio participar en compras corporativas, de encontrarse indicios razonables de una concertación, iniciará el procedimiento sancionador correspondiente contra los presuntos responsables.

Respecto a las alternativas para adquirir fármacos contra el cáncer, ante posibles conflictos con derechos de patente, el Indecopi recuerda que nuestra legislación sobre propiedad industrial establece mecanismos especiales por los cuales se puede otorgar una "licencia obligatoria". Por ejemplo, Brasil y algunos países de África recurren a las licencias obligatorias para importar o producir medicamentos.

La Republica

Indecopi investigará caso de medicinas oncológicas (Terra)


 Foto: Getty
De haber irregularidades en el acuerdo, Indecopi aplicaría una sanción.
Serán investigados. Indecopi ha anunciado que realizará las respectivas investigaciones sobre el presunto acuerdo entre laboratorios del país para no rebajar los precios de los medicamentos contra el cáncer, tras no presentarse a la licitación convocada por el Ministerio de Salud. En un comunicado, el ente regulador precisó que será una investigación de oficio que iniciará un procedimiento sancionador si se encuentran irregularidades en el acuerdo. La investigación sería presentada en diciembre.

La denuncia fue presentada el miércoles por un diario local, en donde se hacía de conocimiento público que ninguna de las 35 empresas farmacéuticas que funcionan en el país se presentó a las convocatorias realizadas por el Estado para las respectivas compras corporativas, de 27 medicinas oncológicas, a precios más bajos.
Las adquisiciones pertenecían al Ministerio de Salud, Essalud y a los fondos de salud de la PNP y las Fuerzas Armadas. Al frustrarse los procesos, se retomó el sistema de adjudicaciones directas en la que los laboratorios ofrecen sus productos con diferentes tarifas y precios más altos según el comprador, así informó El Comercio.

Cabe mencionar que, de los procesos desiertos de compra, ocho medicamentos son los más costosos y cuentan con un solo proveedor en el Perú.
Finalmente, quienes más se han visto afectados, han sido los pacientes oncológicos de las instituciones públicas mencionadas.

Indecopi investigará de oficio si laboratorios evitaron rebaja de medicinas contra el cáncer (El Comercio)

El Comercio denunció que empresas no se presentaron a las convocatorias que hace el Estado para adquirir, en forma corporativa, 27 medicamentos

Indecopi investigará de oficio si laboratorios evitaron rebaja de medicinas contra el cáncer
(Foto referencial: Archivo El Comercio)
 
Indecopi anunció que investigará el presunto acuerdo entre los laboratorios del país para evitar la rebaja del precio de medicamentos contra el cáncer, luego que no se presentarán a una licitación convocada por el Ministerio de Salud.
En comunicado, el instituto regulador destacó que se trata de una investigación de oficio y que iniciará un procedimiento sancionador si encuentra algún acuerdo irregular.

Los resultados de la investigación serán presentados en diciembre, informó Perú21. Además, Indecopi advirtió que existen antecedentes en este tipo de acuerdos que fueron sancionados con una multa de más de 20 millones de soles impuesta a tres empresas proveedoras de oxígeno medicinal para EsSalud.

DENUNCIA DE EL COMERCIO

El Comercio denunció el último miércoles que ninguna de las 35 empresas farmacéuticas que operan en el Perú se presentó este año a las convocatorias que el Estado efectuó para las compras corporativas, a precios más baratos, de 27 medicamentos oncológicos.
Estas adquisiciones correspondían al Ministerio de Salud, Essalud y a los fondos sanitarios de la PNP y las FF.AA. Como los procesos se frustraron, se tuvo que retomar el sistema de adjudicaciones directas en el que los laboratorios colocan sus productos a precios más altos y a distintas tarifas, según sea el comprador.
Ocho de los fármacos con procesos de compra desiertos son los más costosos y tienen un solo proveedor en el país. Al final, los pacientes con cáncer han sido los más perjudicados