Lima, dic. 17 (ANDINA).
Miles de integrantes de las rondas campesinas, que cumplieron un rol
importante en la derrota al terrorismo, fueron reivindicados por el
Congreso de la República que les otorgó el derecho de acceder al Sistema
Integral de Salud (SIS).
Esta
medida, adoptada esta semana en el pleno del Congreso, garantiza que
los ronderos –conformado por campesinos autoorganizados para hacer
frente a la delincuencia en las zonas donde no hay presencia policial-
pueden recibir atención de salud de parte del Estado.
“Las rondas tienen 34 años de existencia, era hora de que sean
atendidas y reconocidas. Esta norma reivindica a los ronderos y les
garantiza el justo derecho a que puedan ser atendidas por un Estado al
cual ellos sirven de manera voluntaria”, dijo la legisladora de Gana
Perú, Esther Saavedra, autora de la iniciativa.
Los ronderos, muchos de los cuyos integrantes murieron en
enfrentamientos con los terroristas, han sido uno de los “soportes
fundamentales” para pacificar el país, durante el periodo de violencia
desatado por la subversión (19800-2000) y hoy colaboran en la lucha
contra la delincuencia en las zonas rurales alejadas, destacó.
Con el proyecto aprobado por el pleno del Congreso, miles de ronderos
de todo el país podrán, en un plazo no mayor de 60 días, atenderse
gratuitamente en todos los establecimientos de salud del Estado, con el
SIS implementado por el Ministerio de Salud.
La parlamentaria oficialista sostuvo que “con la norma aprobada se
hace justicia a miles de ronderos de todo el país, que durante décadas
han trabajado gratuitamente, en lugares donde la policía no llega.
Saavedra mencionó que el actual primer ministro, Óscar Valdés,
reconoció que las rondas campesinas deben ser parte del sistema de
seguridad ciudadana, durante una pasada visita que realizó a Moyobamba,
San Martín, en su condición de ministro de Interior,
De acuerdo a la desactivada Comisión de la Verdad y Reconciliación,
el rol de los ronderos fue importante, ya que frenó el avance de la
subversión en el campo.
(FIN) GCO/GCO
Andina
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