Este beneficio incorpora el inciso "K" al artículo 9 de la Ley 27669, Ley del Trabajo de la Enfermera (o); el cual señala que estos profesionales podrán desempeñarse también en locales privados o de su propiedad para poder atender pacientes.
“Nosotros como enfermeros peruanos tenemos igual valor que cualquier profesional del país y hoy nos sentimos valorados constitucionalmente y satisfechos porque es la población quien se beneficia”, dijo el el decano nacional del Colegio de Enfermeros del Perú, Sebastián Bustamante.
Además, se podrá desarrollar consultas en crecimiento y desarrollo del niño y adolescente, vacunaciones, prevención de enfermedades y estilos de vida saludables, cuidados al adulto mayor, consejería en lactancia materna, cuidados al recién nacido, etc.
Hay que resaltar que por la aprobación de esta norma hubo mucha controversia, ya que algunos médicos dijeron que los enfermeros no tenían todas las facultades para realizar diagnósticos que solamente los galenos pueden hacer.
http://larepublica.pe/sociedad/777583-enfermeros-de-todo-el-pais-podran-atender-en-consultorios-propios
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