Desde el 23 de enero, según norma publicada en el diario oficial El Peruano
ANDINA/Difusión
06:00 | Lima, ene. 17.
El Decreto Supremo Nº 005-2022-PCM añade
que este grupo etario deberá usar mascarilla KN95, o en su defecto una
mascarilla quirúrgica de tres pliegues y encima de esta una mascarilla
comunitaria (tela), para circular por las vías de uso público y en
lugares cerrados.
La
norma señala, asimismo, que desde hoy lunes 17 hasta el 30 de enero,
los mayores de 18 años que deseen ingresar a espacios cerrados tienen
que presentar su carné físico o virtual que acredite haber completado,
en el Perú y/o el extranjero, su esquema de vacunación contra la
covid-19 (dos dosis).
El decreto supremo
precisa que los espacios cerrados donde solo se podrá ingresar con la
vacunación completa tato para mayores de 18 años como para mayores de 50
años son los centros comerciales, galerías comerciales, tiendas por
departamento, tiendas en general, conglomerados, tiendas de
abastecimiento de productos de primera necesidad, supermercados,
mercados, restaurantes y afines en zonas internas.
Igualmente,
casinos, tragamonedas, cines, teatros, bancos, entidades financieras,
iglesias, templos, lugares de culto, bibliotecas, museos, centros
culturales, galerías de arte, clubes, locales de asociaciones
deportivas, peluquerías, barberías, spa, baños turcos, sauna, baños
termales, coliseos, gimnasios, notarías, oficinas de atención al
usuario, trámite administrativo y mesas de partes de instituciones
públicas y privadas, así como colegios profesionales.
Transporte interprovincial
De
otro lado, la norma dispone que los pasajeros del servicio de
transporte interprovincial terrestre mayores de 18 años, en los 4
niveles de alerta, solo podrán abordar si acreditan su dosis completa de
vacunación en el Perú y/o en el extranjero, y a partir del día 23 de
enero del 2022 la dosis de refuerzo para mayores de 50 años.
Añade
que, en su defecto, pueden presentar una prueba molecular negativa con
fecha de resultado no mayor a 48 horas antes de abordar.
El
servicio de transporte urbano e interprovincial de pasajeros se brinda
cumpliendo los lineamientos aprobados por el Ministerio de Transportes y
Comunicaciones (MTC) para la prevención de la covid-19.
Todos
los pasajeros del transporte interprovincial y urbano terrestre deben
respetar las normas sobre uso de mascarilla, así como los protocolos
correspondientes.
Transporte urbano y delivery
La
norma dispone que los choferes y cobradores de todo servicio de
transporte público, así como los choferes que brindan servicios de
reparto (delivery), de taxi y transporte privado de personal y turismo
solo podrán operar si acreditan haber recibido, en el Perú y/o el
extranjero, su esquema completo de vacunación y, a partir del día 23 de
enero del 2022, la dosis de refuerzo para mayores de 50 años.
Transporte aéreo
Añade
que los pasajeros del servicio de transporte aéreo nacional mayores de
12 años, en los 4 niveles de alerta, solo podrán abordar si acreditan su
dosis completa de vacunación en el Perú o en el extranjero, y a partir
del día 23 de enero del 2022 la dosis de refuerzo para mayores de 50
años.
En caso no hayan completado el esquema
de vacunación contra la covid-19, con dosis completas según su edad,
deberán presentar una prueba molecular negativa con fecha de resultado
no mayor a 48 horas antes de abordar.
La norma
dispone que la verificación del carné físico o virtual que acredite el
cumplimiento del esquema completo de vacunación y la dosis de refuerzo
debe realizarse conjuntamente con algún documento oficial de identidad.
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