Dicha norma establece los derechos de las personas usuarias de los servicios de salud, precisando el alcance de los derechos al acceso a los servicios de salud, su atención integral que comprende la promoción de salud, prevención de enfermedades, el tratamiento, recuperación y rehabilitación, así como el acceso a la información y consentimiento informado.
Asimismo, se encarga a la Superintendencia Nacional de Salud, velar por la aplicación del presente Reglamento y se elabora la lista de derechos de las personas usuarias contenidos en la Ley N° 26842, Ley General de Salud, y sus modificatorias y conexas, junto con los mecanismos para su divulgación en las instituciones Administradoras de Fondos de Aseguramiento en Salud –IAFAS e Instituciones Prestadoras de Servicios de Salud – IPRESS públicas, privadas y mixtas.
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