sábado, 14 de diciembre de 2013

Indecopi sancionando las estafas de Las Clinicas Privadas

Santa Isabel y Ventura mas 26 clínicas han sido sancionadas este año por incumplir servicio

Indecopi multó con más de un millón de soles a dos establecimientos donde fallecieron un adulto y un menor.
 
La falta de atención médica tiene un costo incalculable:  vidas humanas. Por esto, en lo que va del año, el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi) ha sancionado a 26 clínicas por infringir normas de protección al consumidor, así como por el incumplimiento del servicio.

Problemas. En esta clínica no se atendió bien a una madre y a su niño recién nacido.

Entre los casos más recientes, se encuentran los de las clínicas Santa Isabel, de San Borja, y Ventura, en Monterrico, las cuales han recibido una multa de 340 UIT (Unidades Impositivas Tributarias), equivalentes a más de un millón de soles.
Según Indecopi, la clínica Santa Isabel S.A.C. no brindó atención idónea a una madre de familia pese a formar parte de un programa de asistencia en el parto. No fue hospitalizada ni sometida a exámenes médicos. Tampoco recibió información sobre las complicaciones propias del cuadro de amenaza por parto prematuro.
Lo peor vino después. El recién nacido no recibió una transfusión de sangre que requería con urgencia y falleció.

Por esto, el establecimiento fue sancionado con 518 mil nuevos soles. También deberá reembolsar los gastos médicos y los del sepelio. Además, la clínica no deberá exigir a la madre el pago de lo adeudado por la atención médica.
Como se recuerda, a inicios de diciembre se denunció la muerte de Maribel Tineo Godoy (35), quien fue hallada sin vida luego de ocho horas de cesárea. El hecho también ocurrió en la clínica Santa Isabel.
Además, Indecopi sancionó a la clínica Ventura (Servicios Médicos San José S.A.C.) por no contar con personal médico especializado para atender una emergencia. La consecuencia fue fatal: falleció una persona. La multa que recibió la empresa fue de 200 UIT (740 mil soles). Además, se ordenó la devolución de los gastos médicos y la implementación de un mecanismo para contratar al personal idóneo en un mes.    ❧

El libro de reclamaciones

La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) detalla que otras de las faltas que se cometen son el excesivo costo de medicamentos y la poca información que se brinda a los pacientes. La sanción puede ir desde una amonestación hasta las 450 UIT.
Los usuarios pueden presentar sus quejas en el libro de reclamaciones.
La empresa tiene un plazo de 30 días para contestar. De no hacerlo, o si la respuesta es insatisfactoria, se puede interponer una acción legal.


INDECOPI sanciona a las clínicas Santa Isabel y Ventura con más de un millón de soles

El Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (INDECOPI) impuso multas que suman 340 UIT (Unidades Impositivas Tributarias) equivalentes a 1 258 000 soles a las clínicas Santa Isabel y Ventura, que infringieron las normas de protección al consumidor, originando la muerte de dos personas, entre ellas, un recién nacido.

INDECOPI sanciona a las clínicas Santa Isabel y Ventura con más de un millón de soles

En el primer caso, según las investigaciones realizadas por la Comisión de Protección al Consumidor N° 1, la Clínica Santa Isabel S.A.C. no brindó un servicio médico idóneo a una madre quien, pese a estar inscrita en un programa a través del cual la asistirían en el parto, no fue hospitalizada a tiempo, no le realizaron los exámenes médicos necesarios para detectar posibles complicaciones en su salud ni le informaron acerca de las complicaciones propias de un cuadro de amenaza de parto prematuro. Mientras que a su hijo recién nacido, no le realizaron una transfusión de sangre que requería con urgencia, derivando en su fallecimiento.
Por estos hechos, la Comisión multó a la Clínica Santa Isabel S.A.C. con 140 UIT, equivalente a 518 000 soles. Asimismo, le ordenó como medidas correctivas el reembolso de los gastos médicos incurridos por la señora desde su inscripción en el programa “Mami & Kids”,  así como los gastos de sepelio de su menor hijo; y, que la clínica se abstenga de exigir a esta madre el pago de lo adeudado por concepto de la atención médica brindada. 

En el segundo caso, el INDECOPI sancionó a la Clínica Ventura (Servicios Médicos San José S.A.C.), porque no contó con personal médico especializado para atender una emergencia que derivó en la muerte de una paciente. La crítica situación se produjo durante el período posoperatorio por el que atravesaba una persona internada en el referido establecimiento de salud, quien días antes había sido sometida a dos operaciones de cirugía plástica y una  de corrección de tabique nasal.
De acuerdo a las investigaciones realizadas por la Comisión, la Clínica Ventura no cumplió con la norma de salud de los servicios de emergencia que le exigía contar con médicos especializados para garantizar la atención de los pacientes internados, ante cualquier eventualidad, fuera del horario normal de atención. 

Por este hecho, la Comisión impuso una multa de 200 UIT, equivalente a 740 000 soles; y, ordenó a la Clínica Ventura la devolución de los gastos médicos cobrados por las intervenciones quirúrgicas realizadas, además, ordenó que en un plazo de treinta días hábiles contado desde la notificación de la resolución, implemente un mecanismo que le permita contar con personal especializado capaz de atender pacientes en situaciones de emergencia, tanto durante la intervención o procedimiento quirúrgico como durante la etapa posoperatoria.
Cabe precisar que dichos pronunciamientos pueden ser apelados ante la Sala Especializada de Protección al Consumidor del Tribunal del INDECOPI, para su revisión en segunda instancia.



Las denuncias por la muerte de dos pacientes por negligencia, en dos clínicas limeñas, fueron investigadas por el Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la Propiedad Intelectual (Indecopi), concluyendo que se infringieron normas de protección al consumidor, por lo que ambos establecimientos médicos fueron sancionados por un total de un millón 258,000 nuevos soles.
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En el primer caso, según las investigaciones, la Clínica Santa Isabel S.A.C. no brindó un servicio médico idóneo a una madre quien, pese a estar inscrita en un programa de asistencia al parto, no fue hospitalizada a tiempo ni le realizaron los exámenes médicos necesarios para detectar la amenaza de parto prematuro que atravesaba. A su hijo recién nacido no se le realizó una transfusión de sangre que requería con urgencia, por lo que el pequeño falleció.

Negligencia 

Esa mala praxis será sancionada con una suma de 518,000 nuevos soles, el equivalente a 140 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Como medida correctiva, el Indecopi dispuso que la clínica le reembolse el dinero que la paciente afectada gastó desde que se inscribió en el programa.

En el segundo caso, el Indecopi sancionó a la clínica Ventura (Servicios Médicos San José S.A.C.), porque no contó con personal médico especializado para  atender a una paciente que se encontraba internada en el período postoperatorio. Por tal motivo murió.

La víctima días antes había sido sometida a dos operaciones de cirugía plástica y una de corrección de tabique nasal. De acuerdo a las investigaciones realizadas, la citada clínica no cumplió con la norma de salud de los servicios de emergencia que le exigía contar con médicos especializados para garantizar la atención de los pacientes internados, ante cualquier eventualidad.

Por esta razón, la Comisión impuso una multa de 200 UIT, equivalente a 740,000 nuevos soles; y, ordenó a ese establecimiento de salud la devolución de los gastos médicos cobrados por las intervenciones quirúrgicas realizadas.

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