Indecopi multó con más de un millón de soles a dos establecimientos donde fallecieron un adulto y un menor.
Entre los casos más recientes, se encuentran los de las clínicas Santa Isabel, de San Borja, y Ventura, en Monterrico, las cuales han recibido una multa de 340 UIT (Unidades Impositivas Tributarias), equivalentes a más de un millón de soles.
Según Indecopi, la clínica Santa Isabel S.A.C. no brindó atención idónea a una madre de familia pese a formar parte de un programa de asistencia en el parto. No fue hospitalizada ni sometida a exámenes médicos. Tampoco recibió información sobre las complicaciones propias del cuadro de amenaza por parto prematuro.
Lo peor vino después. El recién nacido no recibió una transfusión de sangre que requería con urgencia y falleció.
Por esto, el establecimiento fue sancionado con 518 mil nuevos soles. También deberá reembolsar los gastos médicos y los del sepelio. Además, la clínica no deberá exigir a la madre el pago de lo adeudado por la atención médica.
Como se recuerda, a inicios de diciembre se denunció la muerte de Maribel Tineo Godoy (35), quien fue hallada sin vida luego de ocho horas de cesárea. El hecho también ocurrió en la clínica Santa Isabel.
Además, Indecopi sancionó a la clínica Ventura (Servicios Médicos San José S.A.C.) por no contar con personal médico especializado para atender una emergencia. La consecuencia fue fatal: falleció una persona. La multa que recibió la empresa fue de 200 UIT (740 mil soles). Además, se ordenó la devolución de los gastos médicos y la implementación de un mecanismo para contratar al personal idóneo en un mes. ❧
El libro de reclamaciones
La Asociación Peruana de Consumidores y Usuarios (Aspec) detalla que otras de las faltas que se cometen son el excesivo costo de medicamentos y la poca información que se brinda a los pacientes. La sanción puede ir desde una amonestación hasta las 450 UIT.
Los usuarios pueden presentar sus quejas en el libro de reclamaciones.
La empresa tiene un plazo de 30 días para contestar. De no hacerlo, o si la respuesta es insatisfactoria, se puede interponer una acción legal.
INDECOPI sanciona a las clínicas Santa Isabel y Ventura con más de un millón de soles
El
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la
Propiedad Intelectual (INDECOPI) impuso multas que suman 340 UIT
(Unidades Impositivas Tributarias) equivalentes a 1 258 000 soles a las
clínicas Santa Isabel y Ventura, que infringieron las normas de
protección al consumidor, originando la muerte de dos personas, entre
ellas, un recién nacido.
En el
primer caso, según las investigaciones realizadas por la Comisión de
Protección al Consumidor N° 1, la Clínica Santa Isabel S.A.C. no brindó
un servicio médico idóneo a una madre quien, pese a estar inscrita en un
programa a través del cual la asistirían en el parto, no fue
hospitalizada a tiempo, no le realizaron los exámenes médicos necesarios
para detectar posibles complicaciones en su salud ni le informaron
acerca de las complicaciones propias de un cuadro de amenaza de parto
prematuro. Mientras que a su hijo recién nacido, no le realizaron una
transfusión de sangre que requería con urgencia, derivando en su
fallecimiento.
Por estos
hechos, la Comisión multó a la Clínica Santa Isabel S.A.C. con 140 UIT,
equivalente a 518 000 soles. Asimismo, le ordenó como medidas
correctivas el reembolso de los gastos médicos incurridos por la señora
desde su inscripción en el programa “Mami & Kids”, así
como los gastos de sepelio de su menor hijo; y, que la clínica se
abstenga de exigir a esta madre el pago de lo adeudado por concepto de
la atención médica brindada.
En el
segundo caso, el INDECOPI sancionó a la Clínica Ventura (Servicios
Médicos San José S.A.C.), porque no contó con personal médico
especializado para atender una emergencia que derivó en la muerte de una
paciente. La crítica situación se produjo durante el período
posoperatorio por el que atravesaba una persona internada en el referido
establecimiento de salud, quien días antes había sido sometida a dos
operaciones de cirugía plástica y una de corrección de tabique nasal.
De acuerdo a
las investigaciones realizadas por la Comisión, la Clínica Ventura no
cumplió con la norma de salud de los servicios de emergencia que le
exigía contar con médicos especializados para garantizar la atención de
los pacientes internados, ante cualquier eventualidad, fuera del horario
normal de atención.
Por este
hecho, la Comisión impuso una multa de 200 UIT, equivalente a 740 000
soles; y, ordenó a la Clínica Ventura la devolución de los gastos
médicos cobrados por las intervenciones quirúrgicas realizadas, además,
ordenó que en un plazo de treinta días hábiles contado desde la
notificación de la resolución, implemente un mecanismo que le permita
contar con personal especializado capaz de atender pacientes en
situaciones de emergencia, tanto durante la intervención o procedimiento
quirúrgico como durante la etapa posoperatoria.
Cabe
precisar que dichos pronunciamientos pueden ser apelados ante la Sala
Especializada de Protección al Consumidor del Tribunal del INDECOPI,
para su revisión en segunda instancia.
Las denuncias por la muerte de dos pacientes
por negligencia, en dos clínicas limeñas, fueron investigadas por el
Instituto Nacional de Defensa de la Competencia y de la Protección de la
Propiedad Intelectual (Indecopi), concluyendo que se infringieron
normas de protección al consumidor, por lo que ambos establecimientos
médicos fueron sancionados por un total de un millón 258,000 nuevos
soles.
En
el primer caso, según las investigaciones, la Clínica Santa Isabel
S.A.C. no brindó un servicio médico idóneo a una madre quien, pese a
estar inscrita en un programa de asistencia al parto, no fue
hospitalizada a tiempo ni le realizaron los exámenes médicos necesarios
para detectar la amenaza de parto prematuro que atravesaba. A su hijo
recién nacido no se le realizó una transfusión de sangre que requería
con urgencia, por lo que el pequeño falleció.
Negligencia
Esa
mala praxis será sancionada con una suma de 518,000 nuevos soles, el
equivalente a 140 Unidades Impositivas Tributarias (UIT). Como medida
correctiva, el Indecopi dispuso que la clínica le reembolse el dinero
que la paciente afectada gastó desde que se inscribió en el programa.
En
el segundo caso, el Indecopi sancionó a la clínica Ventura (Servicios
Médicos San José S.A.C.), porque no contó con personal médico
especializado para atender a una paciente que se encontraba internada
en el período postoperatorio. Por tal motivo murió.
La
víctima días antes había sido sometida a dos operaciones de cirugía
plástica y una de corrección de tabique nasal. De acuerdo a las
investigaciones realizadas, la citada clínica no cumplió con la norma de
salud de los servicios de emergencia que le exigía contar con médicos
especializados para garantizar la atención de los pacientes internados,
ante cualquier eventualidad.
Por esta razón, la
Comisión impuso una multa de 200 UIT, equivalente a 740,000 nuevos
soles; y, ordenó a ese establecimiento de salud la devolución de los
gastos médicos cobrados por las intervenciones quirúrgicas realizadas.
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